NOVEDADES EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS.

Date Noviembre 24, 2008

ORDEN EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación. Las principales novedades introducidas se refieren tanto al ámbito subjetivo como a la información a suministrar en la propia declaración.  En cuanto al ámbito subjetivo:·       Se modifica la obligación de presentar el modelo 347, para las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que tributen:

Por el método de estimación objetiva y en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia por las operaciones en las que emitan factura. En cuanto a la información a suministrar:

• La obligación de incluir las subvenciones, auxilios o ayudas no reintegrables que se otorguen.

• Consignar de forma separada los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.

• Incluir las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

• Se establece en 30.000 registros el límite para poder realizar la presentación por vía telemática.

• Se establece la posibilidad de presentación de declaraciones complementarias o sustitutivas.

• Se elimina la modalidad de presentar la declaración mediante soporte colectivo directamente legible por ordenador.

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2009.

Belén Rodríguez del Corral

Economista

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